REFERENCIAS A LA ENSEÑANZA EN LAGUNA A MEDIADOS DEL SIGLO XIX.
En septiembre de 1845 el BOP ( Boletín Oficial de la Provincia ) publicó un artículo de oficio por parte del Gobierno político de la Provincia de Valladolid donde se expresa que se han de incluir anualmente en los presupuestos municipales determinadas cantidades - Laguna , 100 reales - para el menaje de la Escuelas de primeras letras, proveer a los niños pobres de lo necesario para la enseñanza y dar en los exámenes algún premio a los más aplicados. Se recomienda que se adopte el uso de las mesas empotradas, tinteros fijos, muestras de letra bastarda de autores acreditados, pizarras o encerados y el yeso mate para las operaciones que en estos se practican, la clave analítica de Vallejo y la adquisición de un mapa de España con los demás enseres necesarios y que estén al alcance de los recursos de los pueblos y de las facultades de sus respectivos maestros de primera educación.
En una circular de 1859 se pide para el año próximo la cantidad 625 reales para la escuela de niños y 416 para la de niñas, destinada a material. Después se añade “ ...no dudo que todos los Alcaldes, con el celo que los distingue, darán el más pronto y exacto cumplimiento a esta circular en todos los particulares que comprende sin dar lugar a recuerdos ni medidas que se oponen a mi carácter “.
Los repetidos atrasos en el abono de los salarios de los maestros hace que se manifieste el malestar de los responsables, que amenazan y en ocasiones terminan multando a los alcaldes. Así en mayo de 1849 se publica: “Y no pudiendo consentir mi Autoridad que contra lo mandado en diferentes Reales órdenes y circulares de este Gobierno político, continúen los Maestros en el estado de miseria a que los tiene reducidos en muchos pueblos la falta de satisfacción de sus limitados honorarios, he resuelto prevenir a los Alcaldes de los que figuran en la presente nota...”
En 1855 se dice.” Ni una sola vez ha tenido el gusto este Gobierno de provincia de no tener que recordar a los alcaldes la obligación en que están de remitir los recibos de haber satisfecho a los maestros el trimestre vencido...” . “ Exigiré a los alcaldes morosos la multa de 100 reales con que les conmino y que haré efectiva inmediatamente por tratarse de un servicio siempre descuidado y que da origen todos los trimestres a la adopción de medidas coercitivas “ .
En 1526 reales se presupuesta el reparo de la casa destinada al maestro de instrucción primaria ( Año de 1850 ). Alcalde Félix Velázquez.
En 1859 se anuncia una vacante de maestra dotada con 1660 reales. Además del sueldo disfrutará de casa y la retribución de niñas no pobres.
ANEXO :
Requisitos para las oposiciones a maestra ( 7 junio 1854 ).
- Solicitud y fe de bautismo legalizada.
- Tener 20 años cumplidos.
- Certificado de buena conducta dado por el alcalde y párroco en que haya
residido los dos últimos años.
- Algunas labores de cosido y bordado.
- Dos muestras de escritura de distinto tamaño en letra bastarda española.
- Recibo de los derechos del título y examen.
- Fe de casada, las que lo fueren.
NOTA :
Gran parte de este artículo puede ser extensivo a la inmensa mayoría de poblaciones.
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