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SE CONVOCA una reunión informativa el próximo MARTES, 16 DE NOVIEMBRE A LAS 17h. EN LA SALA DE COMEDOR ESCOLAR.

 

 

 

Estimados padres de alumnado de 5º y 6º de Primaria:

 

 Como ya sabréis, por vuestros  hijos y por los medios de comunicación, el centro ha sido elegido para la implantación del Programa RED XXI. Ahora se os brinda la oportunidad de que vuestros hijos puedan acceder al uso del miniportátil  y a todas las ventajas del aula virtual fuera del colegio.

 

  Para tratar de este tema se CONVOCA una reunión informativa el próximo MARTES,

16 DE NOVIEMBRE A LAS 17h. EN LA SALA DE COMEDOR ESCOLAR.

 

                                                                        La Dirección


 

Autorización de uso privativo de minipotátiles de Red XXI

 

La estrategia «Red de Escuelas Digitales de Castilla y León Siglo XXI» (RedXXI) de la Junta de Castilla y León tiene como finalidad fundamental dotar al modelo educativo castellano y leonés de las condiciones técnicas, metodológicas y organizativas que requiere la transición hacia la Sociedad Digital del Conocimiento.

Entre las líneas de actuación de esta estrategia, destinadas a dotar de equipamiento TIC a los centros educativos de forma progresiva y coordinada, se contempla la dotación de ordenadores miniportátiles para su uso privativo por el alumnado.

         La legislación que regula todo lo expuesto a continuación es la siguiente:

 DECRETO 44/2010, de 7 de octubre, por el que se aprueba el precio público por servicio de mantenimiento remoto de los ordenadores miniportátiles destinados a su uso privativo por el alumnado en el marco de la Estrategia «Red de Escuelas Digitales de Castilla y León Siglo XXI» (RedXXI), así como su régimen de exenciones y bonificaciones para el curso escolar 2010/2011.

 

 ORDEN EDU/1453/2010, de 21 de octubre, por la que se realiza convocatoria para la adjudicación de autorizaciones de uso privativo de ordenadores miniportátiles vinculados a la estrategia «Red de Escuelas Digitales de Castilla y León Siglo XXI» (RedXXI), para el curso académico 2010/2011

 

 ORDEN EDU/303/2010, de 9 de marzo, por la que se regula la autorización de uso privativo de ordenadores miniportátiles en el marco de la Estrategia Red de Escuelas Digitales de Castilla y León Siglo XXI (RedXXI) y se establecen las condiciones para su uso con carácter educativo.

 

█ ¿Quiénes podrán solicitarlo?

 

Padres o tutores legales de alumnos de 5º y 6º  de primaria que se encuentren matriculados en alguno de los centros contemplados en la fase de Red XXI  para el curso 2010-2011. Siempre y cuando no haya sido considerado absentista en el curso 2009-2010 o haber sido sancionado mediante expediente disciplinario.

 

█ ¿Cómo se solicita?

 

Las solicitudes están disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León http://www.tramitacastillayleon.es, serán cumplimentadas de acuerdo a las instrucciones recogidas en el Anexo II y presentadas por los padres, madres o tutores legales del alumnado destinatario.

También se puede descargar desde la página web del centro, tanto la solicitud como el Anexo II.

         Nota: Los solicitantes deben quedarse con una copia de la solicitud presentada que          entregarán en el centro al recoger el miniportátil.

█ ¿Dónde se entrega?

 

Las solicitudes se entregarán en el Registro de la Dirección Provincial de Educación o en alguno de los lugares previstos por la ley.

·         Puntos de Información y Atención al Ciudadano.

·         Oficinas de Registro de los Ayuntamientos que hayan suscrito el oportuno convenio, y Diputaciones Provinciales.

·         Otras Oficinas de Registro Único.

·         Oficinas de Correos (Con el matasellos en la propia solicitud).

·         Cualquiera de los otros lugares previstos en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

 

También pueden presentarse por telefax, en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax.

 

Asimismo se podrá remitir de forma telemática en http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es si se dispone de DNI electrónico o un certificado digital de firma electrónica.

 

█ ¿Cuál es el plazo?

 

El plazo de presentación será del 30 de octubre de 2010 al 27 de noviembre de 2011.  Si la solicitud estuviera incompleta se requerirá en un plazo de 10 días para subsanar la falta de la información  que se precise.

 

¿Qué gastos ocasiona?

 

El solicitante abonará un importe de 25€ para todo el curso para cubrir parte de los gastos del servicio de mantenimiento remoto de cada miniportátil, pero se establecen exenciones y bonificaciones:

 

·            Familias que obtengan dos autorizaciones de uso simultáneas tendrán una bonificación del 50% del segundo portátil.

·            Familias numerosas de categoría especial quedan exentas del pago.

·            Familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del 50%.

·            Alumnado con discapacidad con una minusvalía superior al 33% quedan exentos del pago.

·            Victimas de actos terroristas quedan exentos del pago.

·            Familias con nivel de ingresos de la unidad familiar inferior al IPREM anual con pagas extraordinarias del año anterior al de la convocatoria (establecido en 7.381,33 € anuales) quedan exentas del pago.

·            Desempleados de larga duración o muy larga duración quedan exentos del pago.

 

La cantidad correspondiente al citado precio público se abonará por cada una de las autorizaciones concedidas, mediante ingreso en la cuenta abierta a nombre de Junta de Castilla y León, «Cuenta mantenimiento miniPC RedXXI», con el número 0049-1866-25-2410474862, en cualquiera de las sucursales del Banco Santander. Al realizar el ingreso figurará necesariamente como ordenante el solicitante de dicha autorización o autorizaciones con sus apellidos y nombre, y como observaciones se consignarán los apellidos y el nombre del alumno o alumna beneficiario, constituyendo justificante de ingreso el recibo con el sello de la entidad bancaria.

Las familias realizarán el pago por el servicio de mantenimiento una vez que haya sido publicada la Resolución del Director Provincial con la lista de adjudicatarios del uso privativo.

 

█ ¿Qué necesito tener para su uso en mi domicilio?

 

ü     Tener servicio de conexión a Internet.

 

ü     Aquellos solicitantes que acrediten un nivel de ingresos de su unidad familiar inferior IPREM o acrediten la condición de desempleo de larga duración pueden optar a un miniportátil con módem externo USB con tarifa restringida de conexión a Internet para la realización de tareas escolares.

 

█ Obligaciones del usuario.

 

·            Utilizar el miniportátil exclusivamente para fines académicos.

·            Realizar  un adecuado uso y cuidado del mismo.

·            Instalar solamente programas informáticos autorizados.

·            Entregarlo a la finalización de las actividades lectivas, en las condiciones de funcionamiento en el que fue recibido.

 

█ Obligaciones del solicitante.

 

·           Correr a su cargo con los gastos derivados de la contratación de un servicio de conexión a internet.

 

 

·           Sufragar parte de los gastos del servicio de mantenimiento remoto del miniportátil prestado por el Centro de Atención al Usuario de la Junta de Castilla y León. Se establece un precio público de 25 € en concepto de parte de los gastos del servicio de mantenimiento remoto de cada miniportátil RedXXI durante el curso escolar 2010/2011.

 

 

·           El deterioro del ordenador miniportátil generará en el usuario la obligación de abonar las reparaciones necesarias para devolverlo a su estado inicial, si ello fuese posible. En caso contrario, o en el supuesto de pérdida, deberá abonar el valor de tasación del bien que será el 50% del coste del miniportátil si la pérdida o deterioro se produjera durante el primer año de vigencia de la autorización, el 25% del coste si se produjera durante el segundo año, el 15% si se produjera durante el tercer año y el 10% si se produjera durante el cuarto año o siguientes.

 

¿Cuándo se acaba la autorización de uso?

 

La autorización concluye cuando:

·            Haya transcurrido el tiempo para el que se  ha dado la autorización.

·            El alumno cause baja en el centro.

·            Haya desistimiento del titular.

·            Se incumplan las obligaciones del usuario y se realice un uso diferente al académico.

·            Se produzca una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro por parte del usuario.

·            La transmisión de la autorización de uso del bien.

 

¿Cuándo  y dónde puedo recoger el miniportátil?

 

Una vez publicada resolución de la Dirección Provincial de Educación con el listado de los padres o madres o tutores autorizados al uso privativo de miniportátil se tendrá 15 días hábiles para acudir al centro educativo a recoger el ordenador.

      

¿Tengo que entregar algún documento en el centro escolar?

En el momento de la entrega, los solicitantes aportarán la siguiente documentación:

·            Copia de la solicitud de autorización de uso presentada.

·            Justificante de disponer de servicio de conexión a Internet.

·            Justificante bancario del abono del precio público referido al miniportátil para el mantenimiento remoto de los equipos, salvo en caso de encontrarse en algún supuesto de exención de pago.

·            En el caso de acogerse a alguna exención o bonificaciones deberá entregarse:

 

a.         Copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio fiscal o, en su defecto, certificado de Hacienda de la inexistencia de obligación de realizar declaración de IRPF.

b.        Copia u original del certificado del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de encontrarse en condición de desempleo de larga o muy larga duración.

c.         Copia de resolución administrativa de reconocimiento de la condición de víctima de actos terroristas.

d.        Copia del título oficial de familia numerosa.

e.         Copia del certificado o resolución sobre reconocimiento de grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 del alumnado beneficiario.

f.          Copia del justificante bancario del abono del precio público referido a otro miniportátil.

g.        Copia del documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género.

 

*         Podrá prescindirse de la entrega de la documentación señalada en las letras a.  b.  d. y e. en el caso de que la condición a la que se refiera haya sido reconocida por la administración de la Comunidad de Castilla y León, si se autoriza al órgano competente de esta administración para que realice de oficio la comprobación de los datos correspondientes de acuerdo a lo establecido en el apartado 4. «Solicitud, declaración jurada y autorizaciones» del modelo de solicitud.

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